Informe de retribuciones

Informe de retribuciones

De conformidad con el artículo 35 de los estatutos de la CEP, el comité directivo es el órgano permanente de gobierno de dirección de la CEP.

El comité directivo estará compuesto de acuerdo con el artículo 36 de los estatutos de la CEP, por su Presidente, vicepresidentes, tesorero, contador y los vocales que determine la Asamblea General.

Ningún miembro del Comité directivo percibe retribuciones por sus funciones.